Salud Mental, Crisis y Primera Respuesta – Ley I N° 841
Organismo responsable:
Secretaría de Salud de la Provincia del Chubut, a través de las Direcciones Provinciales de Salud Mental Comunitaria y de Prevención y Asistencia de las Adicciones, responsables de la elaboración de los contenidos (art. 3° de la Ley I N° 841). La implementación operativa está a cargo de la Dirección de Formación y Capacitación, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, y el Centro de Estudios Políticos y Sociales (CEPS).
Capacitadores:
Profesionales del sistema de salud pública provincial con experiencia directa en la atención de urgencias en salud mental.
Propósito de la Capacitación:
Esta capacitación tiene como propósito brindar un piso mínimo y común de herramientas a quienes se desempeñan en funciones públicas de primera respuesta, para reconocer señales de alerta, intervenir adecuadamente en los primeros minutos de una urgencia en salud mental y derivar de manera oportuna dentro de la red provincial. No se propone formar terapeutas ni exige capacidad diagnóstica: se orienta a fortalecer la respuesta institucional en el punto de primer contacto, conforme al mandato de la Ley I N° 841.
Entre sus objetivos específicos se pretende que quienes la realicen:
• Comprendan el fundamento y los alcances de la Ley I N° 841, el marco normativo aplicable y los límites de la función del agente de primera respuesta.
• Reconozcan mitos, factores de riesgo y de protección y señales de alerta asociadas al comportamiento suicida, e incorporen la pregunta directa como herramienta de cuidado.
• Incorporen herramientas de escucha activa y Primeros Auxilios Psicológicos para intervenir adecuadamente en los primeros minutos de una crisis de salud mental.
• Conozcan los alcances de la posvención y las prácticas de cuidado del equipo interviniente luego de un evento crítico.
• Identifiquen la red de salud mental comunitaria de la Provincia del Chubut, sus vías de contacto y los criterios para derivar de manera oportuna.
• Apliquen esas herramientas en su ámbito concreto de intervención: la atención telefónica, el trabajo con niñeces y adolescencias y la guardia hospitalaria.
Perfil del Participante:
Personas que se desempeñan en funciones públicas de primera respuesta y quienes intervienen en el sistema de protección integral de derechos en la Provincia del Chubut (art. 1° de la Ley I N° 841): personal de hospitales (ventanillas de guardia, primer nivel de atención y operadores de la línea 107), Policía, línea 137, centros de monitoreo policial, centros de atención telefónica gubernamental, Defensa Civil, Bomberos, y personal de servicios sociales, instituciones, dispositivos de cuidado y equipos técnicos de organismos públicos que integran el sistema de protección integral de derechos, incluyendo las áreas de niñez, adolescencia, juventud, familia, género y diversidad.
Requisitos de Inscripción:
Encontrarse comprendido en el artículo 1° de la Ley I N° 841, generar un usuario personal en la plataforma de formación pública del Gobierno del Chubut (https://capacitacion.chubut.gov.ar) y contar con conocimientos básicos en herramientas tecnológicas y uso de navegadores.
Modalidad: Virtual autoadministrada y obligatoria.
Duración: Permanente.
Carga Horaria: 30 Horas.
Estructura de la propuesta:
Cada módulo se compone de un video de doce (12) minutos de carácter obligatorio y material de lectura breve complementario, con bibliografía de referencia. La instancia de evaluación consiste en autocomprobaciones de aprendizaje.
Contenidos Principales:
Módulos obligatorios (comunes a todos los perfiles):
· Módulo 1:
Marco normativo y encuadre técnico.
Fundamento y espíritu de la Ley I N° 841: responsabilidad intersectorial, piso mínimo de competencias, anclaje en el paradigma de derechos e institucionalización con trazabilidad.
El espectro de las crisis de salud mental como objeto de la capacitación.
Marco legal aplicable: Ley Nacional N° 26.657, Ley Nacional N° 27.130 y Estrategia
Nacional de Prevención del Suicidio; recomendaciones de la OMS y la OPS.
Alcance y límites de la función del agente de primera respuesta.
Fundamento técnico de la pregunta directa.
· Módulo 2:
Suicidio. Reconocer señales: mitos, factores de riesgo y de protección.
Conceptos de base: la secuencia problema, conflicto y crisis. Los tres momentos del proceso suicida.
Mitos y realidades sobre el suicidio.
Factores de riesgo y factores de protección.
Señales de alerta y acompañamiento.
Escucha activa y validación durante la conversación.
· Módulo 3:
Primera respuesta ante una persona en crisis.
Qué es una crisis de salud mental. Clasificación de los eventos críticos.
Factores moduladores y manifestaciones.
Primeros Auxilios Psicológicos (PAP).
Protocolo de acción: los cuatro pasos frente a una crisis.
· Módulo 4:
Después del hecho: acompañar a la familia y cuidar al equipo.
Posvención: concepto, alcance y responsabilidad institucional.
Etapa inmediata (primeras 24 a 72 horas).
Corto y mediano plazo (primeras semanas hasta los dos meses).
Largo plazo (de seis meses a más de un año).
Cuidado del equipo interviniente y prevención del desgaste profesional.
· Módulo 5:
A quién derivar y cómo: la red de salud mental en Chubut.
La red sanitaria provincial: tipos de efector y niveles de complejidad.
Composición de la red de salud mental comunitaria.
Respuesta fuera de horario: los tres formatos de guardia.
Organización territorial: las cuatro Unidades de Gestión Descentralizada.
Vías de contacto y marco operativo de la Ley Nacional N° 26.657.
Módulos obligatorios (contenidos específicos según ámbito de intervención):
· Módulo 6:
Atención telefónica en situaciones de crisis y riesgo de suicidio.
Con especial referencia a operadores de la línea 107, línea 137, centros de monitoreo policial y centros de atención telefónica gubernamental.
Conectar, apoyar y proteger: las cuatro condiciones para que la comunicación funcione.
Los cuatro momentos del llamado.
Evaluación del riesgo y conducta que corresponde en cada nivel.
Orientaciones prácticas durante el llamado.
· Módulo 7:
Niñeces y adolescencias. Enfoque de derechos y abordaje del suicidio.
Con especial referencia a equipos técnicos, instituciones y dispositivos de cuidado del sistema de protección integral de derechos: niñez, adolescencia, juventud, familia, género y diversidad.
Marco legal: Convención sobre los Derechos del Niño, Ley Nacional N° 26.061 y Ley III N° 21. El Sistema de Protección Integral de Derechos y el deber de comunicar.
El suicidio en niñeces y adolescencias como problema social. Enfoque de derechos en suicidología.
Factores de riesgo sociales, académicos y ambientales. Factores protectores psicosociales.
Señales de riesgo alto, moderado y bajo: criterios de derivación y toma de decisión.
Conductas parasuicidas y autolesiones.
Posvención en el ámbito institucional y educativo: principios básicos y prevención del efecto contagio.
Orientaciones para el abordaje de urgencias subjetivas, intentos de suicidio y autolesiones en NNyA.
· Módulo 8:
Personal de guardia hospitalaria y operadores de línea 107.
Con especial referencia al personal de ventanillas de guardia, equipos del primer nivel de atención y operadores de la línea 107.
Evaluación de riesgo suicida en el punto de primer contacto: a quién se evalúa.
El esquema general: evaluar, manejar, seguir.
Los tres protocolos de manejo.
Seguimiento del caso.
Requisitos de Aprobación:
Visualizar la totalidad de los videos obligatorios, acceder al material de lectura propuesto y aprobación de autocomprobación de aprendizaje del CIEN POR CIENTO (100%) de respuestas correctas. El certificado se extenderá únicamente a quienes acrediten el cumplimiento efectivo de la capacitación en la plataforma, conforme al artículo 6° de la Ley I N° 841.
En el campus encontras la capacitación para matricularte: Salud mental, crisis y primera respuesta Ley I N° 841